Pedido de destitución de los integrantes de la Comisión Nacional de Valores al Presidente de la República Mauricio Macri
Justicia, Notas 17/04/2019, 0 Comment 82Buenos Aires, abril 15 de 2019
Señor Presidente de la República Argentina
Ing. Mauricio Macri
Presente
Me dirijo nuevamente al Señor Presidente, con el respeto debido, porque lamentablemente la denuncia que efectuara en el expte. EX 2019-11967216-APN-CGD#SGP el 27 de Febrero de 2019 contra al directorio de la Comisión Nacional de Valores integrado por Marcos Ayerra, Rocío Balestra, Patricia Boedo, Martin Gavito y Carlos Ourbeight cuyo domicilio es el del organismo oficial que integran o sea 25 de Mayo 175, Capital, no ha tenido resultado hasta la fecha. Estos funcionarios de acuerdo a la documentación a la cual se aludía en la denuncia, están encubriendo la colosal defraudación que ha perpetrado la Caja de Valores S.A con domicilio en 25 de mayo 362, Capital en perjuicio miles de acreedores del estado, desde setiembre de 1997 por lo menos al 10 de diciembre de 2015, en connivencia con el Ministerio de Economía, de relevante participación en los hechos ilícitos que se relataron en la denuncia. Se trata de un tema de notable gravedad económica e institucional que debió ser investigado y resuelto de inmediato por la Comisión Nacional de Valores porque se trata de un asunto de máxima importancia, como acabamos de señalar. La denuncia contra la Caja de Valores S.A. y su cómplice el Ministerio de Economía se presentó ante la Comisión el día 5 de Octubre de 2016, ofreciendo en el escrito inicial y en trabajos posteriores, pruebas rotundas de los hechos denunciados y de la autoría de los mismos.
Nada hizo la Comisión Nacional de Valores desde el 5 de Octubre de 2016 al 27 de Febrero de 2019 y no tenemos noticias que haya hecho algo después de ese día para investigar si las imputaciones que hizo mi parte, eran veraces y las pruebas existían y demostraban los hechos afirmados. Está claro que luego de dos años y medio de rehusar llevar a cabo la investigación debida y aplicar la sanción administrativa impetrada, la Comisión Nacional de Valores esta incursa, en graves faltas civiles y penales.
SE SOLICITA AL PODER EJECUTIVO QUE SE REMUEVA AL DIRECTORIO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES EN LOS TÉRMINOS DEL ARTICULO 10 DE LA LEY 26.831.
Este artículo en su parte pertinente dice así: “ Podrán ser removidos antes del término de sus mandatos por el Poder Ejecutivo Nacional únicamente por las siguientes causas: a)Comisión de delitos dolosos de cualquier naturaleza en el ejercicio o en ocasión de sus funciones; b) Mala conducta o negligencia en el cumplimiento de sus funciones o incumplimientos de las disposiciones contenidas en la presente ley o de otras que alcanzaran al funcionario o cuya aplicación le incumbiere por razón de su cargo ; c) inhabilidad sobre viniente para ejercer el cargo. La decisión de remover al funcionario no será revisable judicialmente, pero el afectado podrá reclamar ante la justicia nacional en lo contencioso administrativo federal la reparación delos daños y perjuicios sufridos cuando aquélla se hubiere fundado en el inciso b) y acreditare que hubiera sido manifiestamente irrazonable. La indemnización en ningún caso podrá superar el importe de los salarios brutos que le hubiera correspondido percibir al funcionario hasta la terminación de su mandato”.
Los hechos que sustentarían la remoción fueron prolijamente indicados en la denuncia del 27 de Febrero pasado pero hasta la fecha nada se ha hecho por comprobarlos pese a que esa prueba no exige mayor dificultad, porque es inexplicable que una denuncia como la presentada el 5 de Octubre de 2016 no haya sido resuelta dos años y medio más tarde.… ¿Qué estuvieron haciendo los señores Directores de la Comisión Nacional de Valores con el expediente de denuncia que por sí solo contiene pruebas terminantes? La acusación es precisamente de no haber investigado la denuncia de una multimillonaria estafa perpetrada por la Caja de Valores S.A. y el Ministerio de Economía que mereció ser publicado en el Informador Público del 14 de Noviembre de 2016 ya acompañado ENTRE OTRAS PUBLICACIONES.
LOS MOTIVOS DE LA DENUNCIA: Todo comenzó a partir de setiembre de 1997 hasta por lo menos el 10/12/2015, cuando la Caja de Valores S.A. comenzó a no entregar, a sus legítimos acreedores, una parte de los títulos públicos que ponía a su disposición, por lo menos aparentemente, el Ministerio de Economía para pagar sentencias judiciales dictadas en cientos de pleitos perdidos por el Estado donde los acreedores tenían sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada.
Los fondos que no les pagaron a estos acreedores desde setiembre de 1997 hasta por lo menos diciembre de 2015 han desaparecido pese a todas las denuncias periodísticas Y NOTAS ENTREGADAS a la Caja de Valores S.A., a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y al Mercado de Valores de Buenos Aires, efectuadas por el suscripto a partir por lo menos desde 2011. Estos hechos ilícitos que tienen miles de perjudicados han sido encubiertos como dijimos más arriba por la Comisión Nacional de Valores a quien se los denuncio el 5 de octubre de 2016. Este organismo estaba obligado actuar con total presteza pero no lo hizo hasta el momento, pese a todas las notas que se le enviaron, para esclarecer la situación y castigar a los culpables. Como nada hizo, se ignora cuál es el destino que ha tenido la parte de los títulos no pagados. Durante más de dos años la Comisión Nacional de Valores no ha exigido a la Caja de Valores S.A. la información necesaria para realizar su investigación.
La Comisión Nacional de Valores perfectamente conocedora de la situación y en especial de las causas en donde no fueron pagados los acreedores, no ha hecho nada para investigar lo denunciado pese a que se le indico circunstanciadamente los expedientes judiciales en donde se hallaban pruebas que avalaban las denuncias. Vamos a reiterar los mismos, aunque hay muchos otros que indicaríamos si se lo considerara necesario.
a) González, Jorge y otros c/Producciones Argentinas de Televisión S.A. Expte.nro.53.298/88 Juzgado Nacional del Trabajo Nro.3, b) Albano, Carlos Alberto y otros c/Dicon Difusión Contemporánea. S.A s/diferencia de salarios Expte. nro.9914/88 Juzgado Nacional del Trabajo Nro. 33, c) Carril, Juan Manuel y otros c/Producciones Argentinas de Televisión S.A. s/cobro de salarios Expte. nro. 16697/84 Juzgado Nacional del Trabajo Nro.21, d) Nicora, Héctor Raúl y otros c/Producciones Argentinas de Televisión S.A. s/cobro de salarios Expte. Nro. 167/90 Juzgado Nacional del Trabajo Nro.11, e) Gómez, Ramón Antonio y otros c/Argentina Televisora Color L.S.82 canal7 (A.T.C.) s/diferencia de salarios Expte. Nro.34015/89 Juzgado Nacional del Trabajo Nro.10, f) “Arancibia, Elena Myriam y otros c/Dicon Difusión Contemporánea S.A. Expte. nro. 37799/86 Juzgado Nacional del Trabajo Nro.10, Con posterioridad a la denuncia del 5 de Octubre de 2016, el 19 octubre de 2016 se presentó en la Comisión Nacional de Valores S.A. un escrito ampliando la prueba con el expediente “Lozano, Javier Pablo y otros c/ Jefatura de Gabinete de Ministros s/otros reclamos” Expediente nro.26667/05, Juzgado Nacional del Trabajo Nro. 43. El 7de noviembre de 2016 se presentó otra nota ampliatoria del caso “Carril” ya mencionado, que tuvo el mérito de ser el “leading case” donde se descubrió la estafa conjunta “Ministerio de Economía-Caja de Valores S.A.
b) El 21 de noviembre de 2016 se presentó otra nota solicitando se le diera pronto despacho a la denuncia y acompañando un artículo del Informador Público titulado: “El Ministerio de Economía y la Caja de Valores SA. se han unido para defraudar a los acreedores del estado pagándole menos bonos públicos que los que les correspondían” El silencio ensordecedor de la Comisión Nacional de Valores llegó a su punto máximo ante el artículo publicado en el Informador Público el 2/10/17 por el suscripto cuyo título directamente la condena: “LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES ESTÁ ENCUBRIENDO UNA DEFRAUDACIÓN GIGANTESCA”. Esta nota que explicaba lo ocurrido no fue respondida ni negadas sus afirmaciones por los denunciados, lo que es una prueba incontrastable de su culpabilidad. EL ARTÍCULO FUE PRESENTADO ACOMPAÑADO DE UNA NOTA DEL SUSCRIPTO EN LA MESA DE ENTRADAS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, PARA QUE COMPRENDIERAN SUS DESTINATARIOS, LA DETERMINACIÓN QUE SE TENÍA DE LLEVAR HASTA SUS ÚLTIMAS CONSECUENCIAS LA DENUNCIA EFECTUADA.
SUGERENCIA AL PODER EJECUTIVO:
Se debería hacer una investigación administrativa llevada con la celeridad y cuidado del caso, atento el tiempo que se ha perdido, por un equipo experimentado de juristas que estuvieran en condiciones de intervenir en una situación de la importancia moral y económica de la presente que mínimamente escuchara a los denunciados, garantizando su defensa. Desde luego se deberían examinar las pruebas ofrecidas tanto judiciales como periodísticas e interrogar concienzudamente al autor de la denuncia para ESTABLECER “de visu” la seriedad de su proceder y la confianza que pudiera inspirar su denuncia.
Con estos elementos de conocimiento esa comisión podría aconsejar al Poder Ejecutivo en un corto término-no más de un mes- la decisión a adoptar. Esta última, desde luego es responsabilidad del Poder Ejecutivo de acuerdo al artículo 10 de la ley 26.831.
INCOMPETENCIA DE LA OFICINA ANTICORRUPCIÓN DE LA NACIÓN.
Días pasados concurrió el suscripto a la Oficina anticorrupción de la NACIÓN DONDE ESTA EL EXPEDIENTE CON LA DENUNCIA. MI PARTE ENTIENDE QUE ESTE ES UN CASO QUE EXCLUSIVAMENTE LO PUEDE MANEJAR Y RESOLVER EL PODER EJECUTIVO NACIONAL Y NO LA oficina anticorrupción de la nación. Los denunciados no están acusados de corrupción. además la decisión en esta materia por la propia índole debe ser tomada muy rápidamente. según se nos dijera en la oficina anticorrupción decidir si ellos son competentes o no demoraría un mes. ESTE ASUNTO NO PUEDE PADECER LOS MEANDROS Y LOS OBSTÁCULOS DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS y debe volver a manos del poder Ejecutivo., urgentemente lo que se pide en forma muy especial.
SE ACOMPAÑAN COPIAS DE SENDAS PUBLICACIONES SOBRE EL TEMA .
SALUDO AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA con toda consideración.
Leave a comment