Modificación de la Ley de Obras Sociales, una medida necesaria para la Argentina de hoy

Modificación de la Ley de Obras Sociales, una medida necesaria para la Argentina de hoy

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Existe un problema en la sociedad argentina que su clase política, su clase dirigente, sus intelectuales de nota y sus políticos importantes no han abordado a lo largo de 49 años: las demoras y los inconvenientesa los que se enfrentan los afiliados de las obras sociales a la hora de recibir atención médica.

Según la Ley 18.610 —promulgada en febrero de 1970—, para tener derecho a una obra social, los afiliados deben pagar el 2% de su sueldo, mientras que los empresarios aportan un 5.5% adicional en relación al sueldo que le pagan al trabajador. En total, afirma el Dr. Guaresti “suman el 7.5% del valor de los sueldos en blanco que se pagan en la República Argentina, por lo que los números que se manejan son muy elevados”.

Sin embargo, sostiene el Dr., que a partir de lo que ha visto a lo largo de su carrera profesional, “es mucha la gente que emite quejas por la atención recibida, o mejor dicho, por lo que demoran las obras sociales en atender sus requerimientos, en especial, las personas en situación de mayor vulnerabilidad. La salud no puede esperar, no se pueden esperar  quince días o un mes para una entrevista médica o una operación. Todo esto tendría que ser rápido, la rapidez forma parte de la eficiencia”.

Ahora bien, en relación al afiliado que no recibe la atención necesaria, “lo más grave es que no tiene siquiera dónde quejarse, dónde ir a reclamar que algunos médicos, por ejemplo, le exijan una suma de dinero por una atención que debería ser gratuita, o que recién haya turnos disponibles al mes de haberlo pedido”. Según lo expresado por el Dr.Guaresti, el sector sindical se muestra renuente a recibir quejas y el sector patronal es prácticamente inexistente “porque la parte patronal, fuera de aportar casi el triple de lo que aportan los trabajadores, no tiene posibilidad de atenderlos”.

A raíz de esto, propone la creación de una Comisión Directiva integrada también por la parte patronal, para que los afiliados puedan acudir a ella con sus inquietudes. En sus palabras: “la parte sindical tiene derecho a manejar la Obra Social, pero también tiene derecho el otro aportante, porque es el que da trabajo al afiliado y quiere y necesita tener un trabajador sano, fuerte y contento con la empresa y con su salud”.

El Dr. Guaresti, por lo tanto, considera que es momento de cambiar una ley que ha estado congelada durante casi cinco décadas y que nadie se ha molestado en adaptar para cumplir con las necesidades de los trabajadores. “La salud es el bien más valioso que tenemos y por eso entra en juego también el derecho a la vida, a una buena calidad de vida”, concluye.

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